Aspectos y Cambios En La Jornada Laboral En Colombia

Entidades gubernamentales en Colombia, código sustantivo del trabajo, presidente Gustavo Petro cambios en la jornada laboral en Colombia a partir de 15 de julio del 2023, Ley 2101 de 2021

Ley 2101 de 2021De acuerdo a las disposiciones del Código sustantivo Del Trabajo en su CAPITULO II. JORNADA MAXIMA ARTICULO 161. DURACION, indica la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día y cuarenta y ocho (48) a la semana.Lo anterior es derogado por la ley 2101 del 2021, por medio de la cual se reduce la jornada laboral semanal de manera gradual, sin disminuir el salario de los trabajadores y se dictan otras disposiciones.

Ley 2101 de 2021

Aspectos y Cambios En La Jornada Laboral En Colombia

La disminución de la jornada laboral ordinaria de que trata esta ley, podrá ser implementada de manera gradual por el empleador, de la siguiente manera:

15 de julio de 2023: El número de horas trabajadas será de 47 por semana.

15 de julio de 2024: El trabajador deberá cumplir con un máximo de 46 horas semanales.

15 de julio de 2025: El máximo de horas laborales a la semana será de 44.

15 de julio de 2026: Se espera que se logre llegar al objetivo de completar la normativa y que los trabajadores cumplan con un máximo de 42 horas laborales a la semana en todo el territorio nacional.

Iniciativa.

El objetivo de esta Ley en Colombia tiene como iniciativa llegar a la meta de reducir de 48 a 42 horas semanales la jornada laboral; uno de los puntos clave de esta norma, consiste en garantizar que los trabajadores tengan la misma remuneración, por lo que el salario no puede verse afectado por la reducción de las horas.

La Ley 2101 del 15 de julio de 2021 fue propuesta por el expresidente Álvaro Uribe, con el apoyo de la bancada del Centro Democrático, liderada como ponente por el Senador Honorio Henríquez y reducirá las horas laboradas por semana en Colombia de 48 a 42 sin afectación alguna al salario de los trabajadores.

En su momento, el expresidente Uribe señaló: “La reducción de la Jornada Laboral sin afectar ingreso del trabajador es un paso de economía fraterna, sin odio de clases. Ayuda al prestigio de la empresa privada. La transición permite adaptarse”. La medida se implementará de manera gradual. En julio de este año la jornada pasará de 48 a 47 horas y a partir del 15 de julio de 2023 los empresarios deberán acordar con sus empleados sus nuevos horarios. La progresividad en la reducción de la jornada está contemplada por la norma de la siguiente manera, “Transcurridos dos (2) años a partir de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá una (1) hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales. Pasados tres (3) años de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales. A partir del cuarto año de la entrada en vigencia de la ley, se reducirán dos (2) horas cada año hasta llegar a las cuarenta y dos (42) horas semanales, conforme a lo establecido en el Artículo 2 de la presente ley”.

Cabe señalar que esta iniciativa es correspondiente con las recomendaciones de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), que estuvieron encaminadas a buscar el bienestar de los trabajadores, el desarrollo humano, industrial y empresarial del país.

La OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos).

Colombia se convirtió oficialmente en el 37º miembro de la Organización el 28 de abril de 2020, concluyendo con éxito un proceso de adhesión que comenzó en 2013.

Los países miembros de la OCDE invitaron oficialmente a Colombia a adherirse a la Organización en mayo de 2018, tras un proceso de adhesión de cinco años durante el cual se sometió a exámenes a fondo por parte de 23 comités de la OCDE e introdujo importantes reformas para ajustar su legislación, sus políticas y sus prácticas a las normas de la OCDE, en particular en lo que respecta a las cuestiones laborales, la reforma de su sistema judicial, la gestión empresarial de las empresas estatales, la lucha contra el soborno, el comercio, así como el establecimiento de una política nacional sobre los productos químicos industriales y la gestión de los desechos.

Opiniones de los sectores económicos.

Jaime Alberto Cabal, presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), mencionó en una entrevista periodística que el costo de vida presentará un incremento del 2% cada año, pero señaló que el impacto de este año será mucho más fuerte a causa de que el salario mínimo aumentó un 16% quedando en $1.160.000.

“Para el 2023, además del crecimiento del 16 por ciento del salario mínimo, tendríamos un 2 por ciento adicional de aumento en los costos laborales por concepto de reducción de la jornada. Esto sin contar la anunciada reforma laboral que cambiaría las jornadas diurnas y nocturnas, dominicales y festivos y tendría un impacto adicional de 12 por ciento. Con ello, los empresarios se pueden ver afectados en cerca de un 30 a 35 por ciento de los costos laborales este año”, dijo Cabal para ese medio de comunicación.

Opiniones de la clase obrera colombiana.

Así lo dio a conocer una encuesta realizada por el Centro Nacional de Consultoría (CNC) a 1007 colombianos en el país. 

La medición, que fue contratada por el Centro Democrático, buscaba indagar sobre sí los ciudadanos están de acuerdo o no, con el proyecto de ley propuesto por el mismo partido, con el cual se busca reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales, manteniendo el mismo salario.

El 49% de los encuestados está de acuerdo con que la jornada laboral se reduzca a 40 horas, mientras que otro 40% no está a favor de la propuesta. De las personas que respondieron a favor del proyecto de ley el 51% equivalía a mujeres, respecto al 47% de los hombres, el 64% de los jóvenes entre los 18 y 25 años dan su visto bueno al proyecto de ley, mientras que, en las personas mayores de 56 años, la iniciativa solo fue aceptada por un 32%.

Sanciones.

En caso de que una empresa o empleador no aplique la medida, eso dará lugar a una justa causa para que el trabajador de manera unilateral termine el contrato de trabajo (despido indirecto), por lo que podrá exigir el pago de las correspondientes indemnizaciones (parte “B” del numeral 6 del artículo 162 del CST).

Países con jornada laboral de 40 horas o menos.

Actualmente se identifican los siguientes países:

Austria, Canadá, República Checa, Estonia, Finlandia, Grecia, Hungría, Italia, Japón, Corea del Sur, Letonia, Lituania, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia y Estados Unidos. Australia y Bélgica trabajan de 38 horas a la semana, y en Francia son 35 horas.

Normas legales:

https://www.suin-juriscol.gov.co/legislacion/normatividad.html

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