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Comité De Convivencia Laboral (COCOLA)

Reglamentación del Comité De Convivencia Laboral - COCOLA

El Comité de Convivencia Laboral nace con la necesidad de prevenir el acoso laboral en las organizaciones por medio de la ley 1010 del 2006, en ella se determinan las acciones de prevención vigilancia y atención a los casos posibles o sucedidos de acoso laboral.
Por medio de este artículo se identificará los objetivos del Comité de Convivencia Laboral (COCOLA) y que permiten a las organizaciones y todos los actores que interactúan en ella desde la gerencia, líderes, funcionarios, colaboradores y aliados a establecer una cultura de prevención y cuidado de los derechos de los trabajadores; el respeto en la diversidad de pensamientos, y el cuidado colectivo de los valores, el comité de convivencia se convierte en una medida de prevención de acosos laborales, permitiendo la defensa de los trabajadores con el riesgo psicosocial.

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Comité Paritario Seguridad y Salud En El Trabajo COPASST

Reglamentación del Comité Paritario Seguridad y Salud En El Trabajo COPASST

En Colombia todas las organizaciones están reguladas a cumplir en la conformación y cumplimiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST, las gestiones y actividades lideradas que deben ser gestionadas por dicho comité, permitiendo fortalecer el control del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo SG-SST, creando una participación de todos los líderes y miembros de las empresas comprometidas con la integridad y bienestar de todos sus trabajadores.
Las actividades y gestiones lideradas por el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo COPASST, permiten que sea un órgano de control, promoción y prevención en todas las organizaciones, el comité y sus funciones fortalecen los objetivos propuestos en los planes de trabajo y demás actividades propuestas en el sistema de gestión de la empresa SG-SST en los diferentes periodos.
Los líderes y/o miembros que conforman el comité COPASST, representan la vocería de los trabajadores de la organización, de igual forma representan los ideales de la organización, cumpliendo con las exigencias establecidas por la normatividad vigente.

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Importancia de la conformación de los comités en seguridad y salud en el trabajo SG-SST

¿Por qué es importante conformar los comités para el cumplimiento del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo SG-SST?

La conformación de los comités en las organizaciones para el cumplimiento al sistema de gestión de gestión de seguridad y salud en el trabajo, están compuestos por estrategias organizacionales, con el propósito de contribuir a la protección y bienestar de los trabajadores y de la misma entidad; en los objetivos propuestos por los comités se encuentra la mejora continua de la prevención de sucesos repentinos, afectaciones físicas y daños a los bienes de la organización.
Los líderes y/o miembros que conforman los comités, representan la vocería de los trabajadores de la organización, de igual forma representan los ideales de la organización, cumpliendo con las exigencias establecidas por la normatividad vigente.

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Análisis del plan estratégico de seguridad vial – PESV bajo la Resolución No. 20223040040595 de 2022

Cambios normativos para la implementación del PESV.

La derogación de la Resolución 1565 de 2014 por medio de la actual resolución 20223040040595 de 2022, que rige a partir de su publicación en el diario oficial (12 de julio de 2022) por parte del Ministerio de Transporte; esto generando que las empresas tendrán un año para actualizar el PESV, a partir de julio de 2022 y la verificación de su implementación está a cargo del Ministerio de Trabajo, la Superintendencia de Transportes o los Organismos de Tránsito.

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Fases de implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial – PESV bajo la Resolución No. 20223040040595 de 2022

Cambios normativos para la implementación del PESV.

La derogación de la Resolución 1565 de 2014 por medio de la actual resolución 40595 de 2022, que rige a partir de su publicación en el diario oficial (12 de julio de 2022) por parte del Ministerio de Transporte; esto generando que las empresas tendrán un año para actualizar el PESV, a partir de julio de 2022 y la verificación de su implementación está a cargo del Ministerio de Trabajo, la Superintendencia de Transportes o los Organismos de Tránsito.

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Niveles de implementación del plan estratégico de seguridad vial – PESV bajo la Resolución No. 20223040040595 de 2022

Cambios normativos para la implementación del PESV bajo la resolución 40595 de 2022.

La derogación de la Resolución 1565 de 2014 por medio de la actual resolución 40595 de 2022, que rige a partir de su publicación en el diario oficial (12 de julio de 2022) por parte del Ministerio de Transporte; esto generando que las empresas tendrán un año para actualizar el PESV, a partir de julio de 2022 y la verificación de su implementación está a cargo del Ministerio de Trabajo, la Superintendencia de Transportes o los Organismos de Tránsito.

Niveles de implementación del plan estratégico de seguridad vial – PESV bajo la Resolución No. 20223040040595 de 2022 Leer más »

Actualización del plan estratégico de seguridad vial – PESV bajo la Resolución No. 20223040040595 de 2022

Cambios normativos para la implementación del PESV.

La derogación de la Resolución 1565 de 2014 por medio de la actual resolución 40595 de 2022, que rige a partir de su publicación en el diario oficial (12 de julio de 2022) por parte del Ministerio de Transporte; esto generando que las empresas tendrán un año para actualizar el PESV, a partir de julio de 2022 y la verificación de su implementación está a cargo del Ministerio de Trabajo, la Superintendencia de Transportes o los Organismos de Tránsito.

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Componentes para la implementación del sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo

Guía técnica componentes para la implementación del SG-SST

Los empresarios y sus organizaciones tienen un gran reto y desafío en la implementación del sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo (SG-SST), y el cumplimiento de todas sus exigencias que hace el gobierno nacional y que suministra todo un marco normativo que regula y orienta la implementación de los SG-SST, por medio del decreto único reglamentario del sector trabajo 1072 del 2015, el cual genera un compilado de diferentes reglamentos existentes en materia laboral y de sus bases iniciales determinado en la resolución 0312 de 2019 estándares Mínimos del SGSST.

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Programas y Subprogramas del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo

En la Resolución 1016 de 1989, en su artículo 2 se define un programa de salud ocupacional como:
ARTÍCULO 2: El programa de Salud Ocupacional consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrollados en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria.
Mientras que el SGSST se define en el artículo 2.2.4.6.4 del Decreto 1072 de 2015 como:
ARTÍCULO 2.2.4.6.4. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST). El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo.
El marco normativo en Colombia, no ha definido un modelo obligatorio para la estructuración y/o diseño de los programas del SG-SST, es posible encontrar diferentes modelos de referencia en el diseño de los programas de seguridad y salud en el trabajo (SST) y subprogramas de medicina preventiva del trabajo e higiene industrial.
Es importante tener en cuenta que la organización debe establecer, implementar y mantener uno o varios programas para alcanzar sus objetivos del sistema de gestión; donde estos programas deben incluir al menos los siguientes componentes:
a) la asignación de responsabilidades y autoridad, para lograr que los objetivos en las funciones y niveles pertinentes de la organización se cumplan; y
b) los medios y plazos para lograr estos objetivos del SG-SST.

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